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Causa Fullana: Juicio Oral suspendido y la opción «probation»

La doctora Mariana Barbitta se refirió nuevamente al Caso Fullana. Lo h...

Causa Fullana: Juicio Oral suspendido y la opción «probation»

La doctora Mariana Barbitta se refirió nuevamente al Caso Fullana. Lo h...


La doctora Mariana Barbitta se refirió nuevamente al Caso Fullana. Lo hizo en ‘Temprano para todo’ (Supernova 97.9). El mencionado caso, recordemos, es una compleja causa por estafa y falsificación de documento privado, en la que resultaron imputados el coheredero Carlos Fullana y los abogados Sergio Mujica y Federico Raimundo Obieta. La maniobra delictiva consistió en la falsificación de actas de la sociedad familiar Juan F. Fullana S.A., permitiéndole a Carlos Fullana hacerse con la totalidad de las acciones. Posteriormente, utilizó esta documentación apócrifa para vender bienes muebles e inmuebles del acervo hereditario, causando un grave perjuicio patrimonial a los cinco familiares (Ver nota www.semanarioextra.com.ar/causa-fullana-adelantarian-el-juicio-oral/) .

La semana entrante se iba llevar a cabo el Juicio Oral, pero hubo modificaciones al respecto. “Estaba pautado una fecha de juicio oral público y contradictorio con respecto a los tres imputados que son Carlos Fullana, el Doctor Sergio Mujica y el Doctor Federico Raimundo Obieta para el martes 21 de abril. Sin embargo, luego de haberse frustrado una resolución alternativa en la oficina de resolución alternativa de Mercedes, pedida por los imputados (Fullana, Mugica y Raimundo Obieta), esta especie de mediación penal,  frustrada porque la verdad es que los imputados fueron a ese espacio de negociación -por decirlo de alguna manera- con pretensiones absolutamente disparatadas e irracionales en términos de lo que significa el haber transitado, por parte de la familia Fullana, un espacio judicial absolutamente grave por haber sido víctimas por haber sido víctimas de una maniobra de mucha defraudación, vinculado más que nada a la violación a la confianza” dijo al comenzar la doctora Barbitta, destacada abogada penalista, profesora de Derecho Penal de la UBA y presidenta de AMPA (Asociación de mujeres penalistas de Argentina).

“Piensen que uno de los imputados (Carlos Fullana) es familiar de las personas víctimas. En ese contexto después de este frustrado encuentro que a nuestro criterio nos hicieron perder tiempo y lo digo con todo respeto porque imaginábamos ir a ese momento y escuchar de parte de los imputados una reparación seria, razonable. Bueno, nada de eso ocurrió, y ahora presentaron un pedido de suspensión del juicio a prueba, que se llama una ‘probatión’. Esta presentación tiene como finalidad que ofrezcan una reparación económica en la medida de las posibilidades y por supuesto, realicen tareas comunitarias y también cumplan reglas de conducta. Esta presentación que han hecho ha generado que se suspenda la fecha del martes 21 de abril. Ya la jueza determinó la suspensión de la fecha y vamos a tener una próxima audiencia que esta vez va a ser el viernes 5 de junio del 2026 a las 9:00 hs para analizar este pedido de suspensión del juicio a prueba, que, también adelanto que el Ministerio Público Fiscal manifestó que no tendría problemas de acompañar, pero si fue muy claro en los fines de exigir que sea esta suspensión -esta especie de ‘limbo’ que tiene la posibilidad el imputado que te permite la ley- que dure 3 años esa suspensión. Fue muy claro el fiscal cuando dijo que: ’tiene que durar 3 años’ y también fue muy claro al sostener que en ese plazo necesitan los imputados, en particular Carlos Fullana, la acreditación de que el inmueble que era materia de discusión se encuentra no solamente libre de gravámenes para ser trasladado a quienes corresponden no solamente los herederos legítimos sino a esos herederos que han quedado por fuera en calidad de víctimas de esta maniobra desastrosa que hizo el señor Carlos Fullana y que estén en condiciones de ser cedidos esos derechos que deben ser no litigiosos en cuanto a la presentación de terceros; es decir para decirlo en forma sencilla, la propuesta que hace los imputados tiene que tener una materialización concreta; no puede ser que ellos ofrezcan eventualmente, el traspaso, por ejemplo, de un terreno y ese terreno no puede ser trasladado en términos registrales”, explicó detalladamente la abogada. Además brindó más datos: “La discusión es de mucho tiempo, de muchos años, una denuncia que se gestó obviamente con muchísimo trabajo (enfatiza) porque la documentación estaba totalmente falsificada, no había documentación clara. Las víctimas tuvieron que salir a buscar, casi como sabuesos, la información para mostrarle al fiscal que esto era realmente muy grave. Hubo pericias caligráficas que indicaron que había falsificación de documentos. Eso está en el expediente”.

Pero Barbitta fue muy clara al referirse a la nueva audiencia pactada para dentro de dos meses: “Ahora bien, la audiencia que tendremos en junio es para que finalmente se resuelva este conflicto. No vamos a ir a juicio. Va a resolverse el conflicto, pero este conflicto se tiene que resolver con respeto hacia las víctimas ¿Qué significa esto?: lo que se ofrece en relación a los imputados -es un beneficio que tienen el/los imputados- y en algún punto así lo decidió cuando presentó el pedido de no ir a juicio, de no exponerse a juicio oral, público y contradictorio, requiere una seriedad y un compromiso que se pueda materializar formalmente. No solamente el hecho de ofrecer por ofrecer”.

La doctora Barbitta también aclaró que las víctimas están en conocimiento del ofrecimiento de los imputados y agregó: “Hemos hablado con el Ministerio Público Fiscal (MPF) y agradezco enormemente al doctor Pedro Illanes, que ya nos había escuchado de forma presencial, después tuvimos un contacto telefónico, advirtiéndole al fiscal que ‘la parte damnificada no tendría en principio inconvenientes de buscar estas alternativas en la medida que no caiga en saco roto esa presentación, es el derecho constitucional que tienen a recibir una reparación en el marco de un proceso judicial que está interviniendo el derecho penal. O sea que aquí podría haber condenas. Pero el fiscal, que aquí es la voz más importante, ya dio el okey de acompañar la suspensión del juicio a prueba pero marcó una pauta muy concreta que el plazo de suspensión que la ley permite entre un año, como mínimo y tres años como máximo y se lo dirá a la jueza en la audiencia; que sea el plazo máximo de tres años y que en el marco de ese tiempo ellos están atados al expediente, quiere decir que ni Fullana, Ni Mujica, ni Raimundo Obieta puede, por ejemplo, salir del país si autorización; tienen que pedir autorización al juzgado para informar que no van a estar en el país ¿Por qué? Porque están sujetos al expediente; durante esos tres años ellos tienen que cumplir reglas de conducta que el Código Penal impone con mucha claridad: no ausentarse del domicilio, no consumir bebidas alcohólicas ni estupefacientes, no cometer ningún otro delito, porque imagínense la situación si eso pasa. Si hay una ruptura en las reglas que impone la ‘probatión’ (la suspensión del juicio a prueba) esta se cae y vamos a juicio. Tienen que ser respetuosos de la justicia y de la sociedad de 9 de Julio y de Mercedes. Todo esto ya lo conocen. Hay dos abogados cuya matrícula por esta cuestión ha sido puesta en duda. Quiero aclarar también para que no haya dudas que las personas somos inocentes todas y todos hasta que una sentencia condenatoria firme diga lo contrario”.

Y la letrada fue contundente con uno de los puntos que busca preservar para sus defendidos: “Una de las reglas, que nosotros vamos a pedirle a la jueza que lo cumpla, es que se notifique al Colegio de la abogacía de 9 de Julio y de Mercedes que ellos están atravesando una suspensión del juicio a prueba”. (….) “Por eso es muy importante la ética profesional, por eso es muy importante ser muy cuidadosos cuando uno toma un caso, cuando decide acompañar a un cliente, que es lo que tiene que hacer, ser transparentes. No paro de decirlo cuando doy clases en la Facultad, para mí una regla de oro es la transparencia. Transparencia y honestidad son las claves del ejercicio profesional. Insisto que rige el principio de inocencia, pero estos profesionales han puesto en quiebre, porque hay pericias al respecto, esa honestidad y transparencia al hacer maniobras que puedan perjudicar a la propia familia porque acá se juega una cuestión muy afectiva: son sobrinos que han quedado totalmente aparte de sus derechos, dañados no solamente patrimonialmente sino con la ruptura de la confianza, por eso es un delito y se inició la causa y se elevó a juicio por algo que tiene que ver con la ruptura de la confianza, que es un ardid, un engaño, cuando las personas confían en otra y esa otra persona rompe esa confianza a través de un ardid, de un engaño, eso configura lo que tiene que ver con los delitos vinculados a las estafas y las defraudaciones, sumado a que había documentos cuya firma estaba falsificada”

Fuente: https://www.semanarioextra.com.ar/causa-fullana-juicio-oral-suspendido-y-la-opcion-probation/

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